
Resumen: Los ciudadanos estadounidenses de Houston pueden patrocinar a familiares directos y a otros parientes para obtener la residencia permanente. Los cónyuges, hijos, padres y hermanos pueden optar a ella, pero los tiempos de espera varían en función de la categoría. El proceso comienza con la presentación del formulario I-130, demostrando una relación de buena fe, y pasando por el USCIS o un Consulado de EE.UU. en el extranjero. Los familiares directos pueden presentar la solicitud más rápidamente que los de las categorías preferentes. El apadrinamiento también requiere demostrar la capacidad económica mediante el Formulario I-864. Traer a tus seres queridos a EE.UU. o ayudarles a permanecer aquí legalmente es una de las cosas más significativas que puede hacer un ciudadano. El proceso puede parecer largo, pero es absolutamente posible. Tanto si apadrinas a tu cónyuge, a uno de tus padres o a un hermano, cada caso sigue un calendario y una serie de requisitos diferentes. En Houston, miles de familias lo hacen cada año, y nosotros les ayudamos a guiarlas. A quién pueden patrocinar los ciudadanos de EE. UU. y su límite real Si eres ciudadano estadounidense y vives en Houston, tienes más opciones que los residentes permanentes a la hora de ayudar a tus familiares a obtener el estatuto legal. Pero aun así, el gobierno traza una línea clara en torno a quién reúne los requisitos y quién no. Los cónyuges, los hijos y los padres son lo primero Puedes patrocinar a tu cónyuge, a tus hijos solteros menores de 21 años y a tus padres (si tienes al menos 21 años). Éstos se consideran «familiares directos» según la ley de inmigración, lo que significa que no hay límite ni lista de espera para su Green Card. Una vez probada la relación y aprobada tu petición, pueden seguir adelante con el ajuste de estatus o con el proceso consular. Otros familiares pueden enfrentarse a largas esperas Si tu hijo tiene más de 21 años, o está casado, o si intentas patrocinar a un hermano o hermana, entran en lo que se denomina sistema de «preferencia familiar». Eso significa que, en teoría, cumplen los requisitos, pero sólo hay un número limitado de visas disponibles cada año. El retraso puede alargarse varios años, incluso décadas, según el país de origen y la categoría. Algunos miembros de la familia no son elegibles Por desgracia, no todas las relaciones estrechas cuentan a efectos de inmigración. No puedes patrocinar a tus abuelos, primos, tíos o suegros mediante una petición familiar. Aunque es doloroso oírlo, conocer estos límites de antemano puede ayudarte a centrar tu energía en los caminos que realmente están abiertos. Las leyes de inmigración no siempre coinciden con nuestra definición de familia. Pero para quienes cumplen los requisitos, el proceso puede crear una estabilidad duradera durante generaciones. El proceso para patrocinar a un familiar para obtener la Green Card Patrocinar a un familiar como ciudadano estadounidense implica algo más que rellenar un formulario. Es un proceso de varios pasos que varía ligeramente en función de si tu familiar está dentro de EE.UU. o en el extranjero. Así es como suele funcionar. 1. Presenta el formulario I-130 para demostrar el parentesco El proceso comienza con Formulario I-130, Petición de familiar extranjero. Este formulario establece que tienes una relación cualificada válida con la persona a la que patrocinas. Incluirás documentos como certificados de nacimiento, licencias de matrimonio y pruebas de que la relación es real, no sólo sobre el papel. 2. Espera a que USCIS tramite la petición Una vez presentada, tu petición será revisada por el USCIS. Si es para un familiar directo, no hay que esperar para obtener un número de visa una vez aprobado. Para los familiares preferentes, tendrás que consultar el Boletín de Visa cada mes para ver cuándo hay una visa disponible. 3. Prepárate para el ajuste de estatus o la proceso consular Si tu familiar ya está en EE.UU. y cumple los requisitos, puede solicitar la Green Card mediante el ajuste de estatus (formulario I-485). Si están fuera de EE.UU., el caso pasa al Centro Nacional de Visas y luego a un consulado de EE.UU. para una entrevista en el extranjero. 4. Presentar la declaración jurada de apoyo Como patrocinador, tendrás que presentar el formulario I-864, Declaración jurada de manutención. Este formulario demuestra que tienes ingresos o bienes suficientes para mantener a tu familiar, de modo que no necesitará ayuda del gobierno. Necesitarás declaraciones de la renta recientes y pruebas de tus ingresos actuales. 5. Asiste a la entrevista y espera una decisión Tanto si tu familiar está en Houston como en el extranjero, puede que se programe una entrevista para verificar los documentos y hacer preguntas sobre la relación. Si todo es correcto, se aprueba la Green Card y se envía por correo poco después. Los plazos varían, pero la paciencia y una preparación minuciosa son la clave. Un pequeño error al principio del proceso puede causar meses de retraso, así que merece la pena hacerlo bien a la primera. ¿Cuánto dura el apadrinamiento familiar para cada tipo? Una de las preguntas más frecuentes que nos hacen las familias de Houston es: «¿Cuánto tiempo tardará?». La respuesta depende de dos cosas principales: tu relación con la persona a la que apadrinas y si está dentro o fuera de EE.UU. Los familiares directos de ciudadanos estadounidenses pasan más rápidamente por el sistema porque no hay un límite anual de visas. Para todos los demás, la espera está ligada a la limitada disponibilidad de visas, y algunas categorías están gravemente saturadas. He aquí un desglose de los plazos típicos: Tipo de relación Localización del familiar Plazo estimado Cónyuge de un ciudadano estadounidense Dentro de EE.UU. De 12 a 18 meses (ajuste de estatus). Cónyuge de un ciudadano estadounidense Fuera de EE.UU. De 14 a 20 meses (proceso consular). Padre o madre de un ciudadano estadounidense (mayor de 21 años) Dentro de EE.UU. De 12 a 16 meses. Hijo soltero menor de 21 años En cualquier lugar De




